Cancún.- La CROC le dice No al dictamen para regular el “CRÉDITO DE NÓMINA CON COBRANZA DELEGADA”, es la versión moderna de la antigua Tienda de Raya y representa una agresión más al salario los trabajadores y al derecho inalienable, para disponer de su salario con libertad, refirió el líder Mario Machuca.
No propone ningún beneficio para el trabajador, ni para los empleadores, ni para el Estado, sólo beneficiaría desproporcionada e inequitativamente a las entidades financieras el dictamen leonino de “Sofomes – Nomineras” para despojar al trabajador de su salario, insistió el líder obrero.
Esta reforma que se promueve con apoyo de pseudolideres complacientes que aceptan, incluso, la creación de conceptos como la famosa “libranza irrevocable”, que no existe en toda la Legislación Laboral y que ahora, se crea como un supuesto permiso irrevocable, que abusando de la vulnerabilidad del trabajador otorga para que puedan disponer de su salario antes de que sea, como ordenan las leyes, entregado al trabajador.
También te puede interesar: Empujan pensiones para trabajadoras temporales del hogar
Las reformas propuestas buscan “legalizar”, el descuento de los préstamos de nómina que solicitan los trabajadores principalmente a las Sofomes. Para ello, el trabajador deberá autorizar una instrucción llamada “libranza irrevocable” que no existe en la Ley y que se crea ahora, en clara violación a la Ley Federal del Trabajo que es pulcra en defender el salario.
La Ley Federal del Trabajo establece que: “…los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios. Cualquier medida que desvirtué este derecho, será nula” y luego, la misma ley señala: “… el derecho a percibir el salario es irrenunciable”, para finalmente establecer en el artículo 100 que: “el salario se pagará directamente al trabajador. Si algo se realiza en contravención a lo anterior, la responsabilidad será del patrón”, según ordena la propia Ley. Es así que claramente se establece la imposibilidad legal de que la Reforma pueda prosperar. Es una maniobra legaloide que pretende que, a través de un concepto: “libranza irrevocable” que no existe en la Ley, se pretenda darle la vuelta a preceptos Constitucionales que se inscriben en la línea de los Derechos Humanos.
Alarma a los trabajadores que, con una maniobra leguleya, los legisladores que supuestamente, los representan, pretendan ignorar la Ley para beneficiar a Sofomes – Nomineras en detrimento del salario de las y los trabajadores. El salario solo es salario, si se entrega completo al trabajador y él, en ejercicio de su libertad, dispone de él incluso, para pagar sus créditos.
El universo de los trabajadores afectados por estas reformas comprende tanto a los de las empresas privadas como a los del sector público. Es importante, porque las pretendidas reformas establecen que los patrones o quienes reciban “las libranzas irrevocables” son responsables solidarios, es decir; que pueden ser investigados y sancionados por las autoridades o la Auditoria Superior de la Federación en caso de los servidores públicos. La pregunta es, entonces: ¿Quién pagará por los pasivos contingentes o los costos de operación de todo el sistema? Es una realidad en que las reformas son omisas.